Sentencia de unificación de doctrina

El Supremo condena al Sermas a pagar los gastos de un paciente ingresado por covid en un centro privado.

La reclamación ha llegado hasta el alto tribunal tras la negativa tanto de la Administración como de un juzgado y del TSJ de Madrid a reconocer el derecho al reintegro de gastos.

La Sala de lo Social del Tribunal Supremo ha condenado al Servicio Madrileño de Salud (Sermas) a pagar a un paciente los gastos médicos derivados de su ingreso durante la pandemia en un hospital privado, donde estuvo 35 días en la UCI con neumonía bilateral, un día después de ser dado de alta en un hospital público. Aunque, el Supremo sólo reconoce como gastos los que el paciente ha justificado debidamente, que son 2.013 euros de los 80.000 que reclamó como abonados.

El tribunal, en una sentencia dictada en unificación de doctrina, considera que “se trata de un caso de riesgo vital con necesidad inmediata de asistencia médica, supuesto excepcional que contempla el reembolso de dichos gastos, y que el paciente al acudir a la sanidad privada no hizo un uso abusivo de servicios ajenos a la sanidad pública”.

UNIFICACIÓN DE DOCTRINA DEL SUPREMO

De este modo, la Sala estima parcialmente el recurso de casación interpuesto por el demandante y anula la sentencia del Tribunal Superior de Justicia, que al igual que la de un juzgado de Madrid, confirmó la decisión del Sermas de denegar la solicitud de reintegro de gastos sanitarios, basada en que el demandante había acudido voluntariamente a un centro ajeno al Sistema Nacional de Salud. La estimación del recurso es parcial porque la Sala condena al Sermas a la devolución de 2.013,44 euros, que son los gastos acreditados por el juzgado de instancia, y no del importe reclamado por este paciente que declaró haber pagado más de 80.000 euros.

RELATO DE LOS HECHOS

La sentencia recoge que el recurrente, en situación de incapacidad temporal por coronavirus desde el 20 de marzo de 2020, acudió tres días más tarde a las Urgencias del Hospital Gregorio Marañón, donde trabajaba como celador. Al día siguiente recibió el alta médica con diagnóstico de “IR con sospecha de COVID” e indicación de tratamiento farmacológico.

Añade que, aunque en la exploración física no se encontraron signos de excesiva alarma, “se apreciaron ya focos neumónicos bilaterales, especificándose en el informe médico que se optó por no realizar toda la exploración a fin de minimizar el contacto, siendo dado de alta hospitalaria al día siguiente”.

Al día siguiente, ingresó en el hospital privado Nuestra Señora del Rosario con neumonía bilateral, “experimentando el afectado un empeoramiento clínico que precisó su traslado a la UCI a los cinco días con severas y diversas complicaciones durante dicho periodo, tales como enfisema subcutáneo, traqueotomía, delirios… Salió de la UCI treinta y cinco días después”. M.T.T. (SyM)

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